El tema 3 trata sobre los documentos Institucionales para la gestión educativa y de régimen económico-administrativo del centro. Los objetivos de este son participar en el proyecto educativo del centro en cuanto a programación, o plantear sus objetivos, la gestión de la calidad en cuanto a la educación o implantar experiencias innovadoras.
A continuación os dejo un enlace donde podréis echar un vistazo a la normativa de referencia, la cual se encuentra en el título V (participación, autonomía y gobierno de los centros LOE) y en el capítulo II (autonomía de los centros, autonomía Pedagógica) entre los artículos 121 y 125.
Proyecto Educativo de Centro (PEC)
Este proyecto se encarga de analizar las características, los rasgos, la política y la gestión que necesita un centro, por supuesto, siempre, para la innovación de este. Este PEC se compone de tres componentes; objetivos, estrategias y forma de trabajo. Por tanto podemos resumir el PEC con la palabra innovación.
Contenidos:
-Retransmite unos valores, objetivos y prioridades.
-Sirve para que los profesores se conciencien de los valores del centro y busque sus mismos objetivos para impartir sus clases.
-Servicio de tutoría.
-Aprendizaje para la normalización de un idioma determinado. El Plan de Normalización lingüística.
-El Plan para el fomento de la lectura.
- El Plan de transición de la E.Pr. a la ESO.
-El Reglamento de Régimen interno (RRI).
-Tratado de diversidad por procedencia, enfermedad, nivel de estudios
-Revisión de fallos en asignaturas concretas o temas no aprendidos por los niños. Se revisa el método.
-Revisión de horarios y menú del comedor.
-Revisión de métodos y modo de impartir las clases el profesorado.
-Criterios:
•Organización.
•Participación estamentos.
•Coordinación con el ayuntamiento.
•Coordinación primaria y segundo ciclo.
•Atención a alumnos que no cursan religión.
•Cooperación alumnos-centro.
Principios:
-Igualdad.
-Integración de alumnos con discapacidad en el aula.
-Acceso a la comunidad educativa.
-La aAdministración Educativa pone limitaciones educaciones al PEC.
-Coordinación Primaria-IES.
-Modelos de Programación.
En el PEC participan el Consejo Escolar, el claustro y AMPA, pero las decisiones finales las toma el director.
Proyecto de Gestión
Se ocupa de gestionar los recursos en los distintos centros con el fin de llegar a la igualdad entre todos. Así pues, los centros con más necesidades y menos recursos, serán ayudados.
Ejemplo: gestión personal.
Proyecto curricular
Concretarán y completarán el currículo oficial de la Comunidad Valenciana en el marco del programa de educación bilingüe que cada centro tenga autorizado.
-Metodología.
-Temas a tratar con los alumnos.
-Estrategias evaluativas.
-Adaptación del curriculum a la diversidad de las aulas.
-Proyectos morales y cívicos y criterios.
-Criterios de evaluación.
-Estrategia de información y contacto centro-familia.
Los órganos de coordinación son los equipos de ciclo, la comisión de coordinación Pedagógica y los tutores.
Es el conjunto de objetivos, principios, derechos, responsabilidades y normas por la que se regula a convivencia en el centro.
Contenidos:
-Participación.
-Responsabilidades.
-Actuación del consejo escolar.
Elaborado por el claustro, donde también tiene posibilidad de participar AMPA, y donde la última decisión es del director.
Programación General Anual
Esta programación se realiza cada año antes de empezar el curso para establecer una serie de normas y convivencia, se acuerdan las actividades extraescolares, se establecen los calendarios de reuniones y se programa el curso en general.
Contenidos:
-El Plan de convivencia y las medidas de mejora para el curso.
-Los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios.
-El PEC y sus modificaciones.
-Los mecanismos de evaluación de las medidas de mejora adoptadas.
-El programa anual de actividades extraescolares.
-La situación del proceso de aplicación del diseño particular de los programas lingüísticos del centro.
-El calendario de reuniones de los órganos colegiados del centro.
-El calendario de evaluación y entrega de la información.
-Los aspectos organizativos del calendario de reuniones y entrevistas con los padres.
-Una memoria administrativa con documentos de organización.
- El programa anual de formación permanente del profesorado.
-El programa anual de comedor escolar.
Es elaborado por el consejo escolar, el claustro y AMPA, pero la aprobación la tiene que dar el director.
Régimen económico del centro
Se recoge en la Orden 18 de Mayo de 1995.
A los directores de lo centros se les otorga facultades ordinarias en materias de contratación y se aprueban las normas que regulan la gestión económica de los centros.
Para ejemplificar el tema propuesto y ampliar su información dejo un link en el cual aparece el PEC, el PCC y la PGA del Colegio Irabia de Pamplona; véase.
La práctica del segundo tema nos hace reflexionar sobre las leyes del sistema educativo según la persona que deba aplicarla en el ámbito escolar. Por esta razón hemos realizado una actividad grupal en clase donde hemos tenido que clasificar una serie de leyes al azar, propuestas por el profesor que imparte la materia, con los individuos que se encargan de aplicarlas. Tras dejar un tiempo determinado para relacionar los conceptos, nos hemos intercambiado los resultados con otros grupos de la clase y hemos corregido la ficha de otros compañeros. De esta manera hemos comprobado que en todos los grupos, en alguna ocasión, hemos caído en el error de pensar que una ley se relacionaría con un organismo y no con un solo individuo, es decir, algunas veces la ley propuesta se podía relacionar con un claustro, o un consejo escolar, en vez de ser relacionados directamente con el secretario, el jefe de estudios o el director. Por tanto debemos fijarnos directamente en quien toma la última decisión dentro de estos organismos, en cada caso.
En mi caso particular, y en el de mi grupo por tanto, hemos cometido tres errores en la ficha y hemos tenido 27 aciertos.
El primero de nuestros errores ha sido al asociar la ley de velar por el cumplimiento de las especificaciones del plan de normalización del centro así como el uso administrativo del valenciano. En este caso habíamos asignado la responsabilidad al secretario, y quien realmente se ocupa de esto es el jefe de estudios.
En segundo lugar, respecto a la ley de fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales con las administraciones locales y otros, se ocupa el jefe de estudios, y hemos pensado que se ocuparía de ello el director.
En estos dos primeros errores hemos tenido problemas de confusión con leyes similares, que nos han llevado al error.
Por último, hemos confundido al encargado de ordenar el régimen económico del centro que es el secretario, con el director, ya que hemos pensado que el secretario trabajaba bajo la supervisión del director y que en cualquiera de sus decisiones debía tomar la última palabra el director.
Tras un breve análisis de todas las preguntas, realizad en clase, nos ha servido de refuerzo para repasar algunas de las principales funciones de los principales dirigentes en la escuela.
Ampliando el tema:
A veces va a coincidir que alguna de las leyes pueda ser realizada por varios individuos encargados en el centro. En concreto, en una de las leyes propuestas en la práctica del tema dos, hemos observado una en la que son dos individuos la que se pueden hacer cargo. Esta es la de tomar acta en los órganos colegiados del centro. Son el secretario y el director los que pueden realizar esta actividad dentro de la escuela.
Comenzamos el tema 2 dándole un significado a nuestro título. Estos Órganos de Gobierno y Coordinación pretenden comprender e interpretar las dinámicas y procesos organizativos, desde la perspectiva de la cultura social e institucional, y reflexionar sobre la a la organización de los centros educativos. Otra de sus funciones es conocer y valorar la complejidad y características de las estructuras organizativas de los centros educativos.
A continuación, nos apoyaremos en la LOE para reflejar las leyes de la normativa de referencia general. Entre los títulos IV y V de la LOE se explican las leyes referentes a este apartado. En primer lugar tratan los centros docentes (véase). Estos serán regidos por la Ley Orgánica conforme a la LOE, la educación infantil y primaria aplicadas a la escuela serán llamadas escuela infantil y Colegio de Educación Primaria respectivamente y los colegios que impartan ambas serán llamados colegios de educación infantil y primaria. Estos centros se clasifican en públicos y privados, serán públicos los que su titularidad sea pública y privados los que su titular sea una persona física y jurídica. Dentro de este último tenemos las escuelas concertadas que son las que están cogidas a un concierto. El servicio público es proporcionado a través de los colegios públicos o concertados.
En cuanto a la participación, la autonomía y el gobierno de los centros están regidos por la LODE. Se testifica que la participación es imprescindible para la formación de ciudadanos libres e independientes, se promoverá la colaboración entre familia y escuela y junto a estas, las administraciones fomentarán la participación entre los agentes educativos.tras estos artículos recoge la composición y las competencias del consejo escolar y el claustro de profesores. Seguidamente informa sobre los órganos de coordinación docente y la dirección de los centros públicos.
En cuanto a esta normativa de referencia, en la Comunidad Valenciana, se despliega en la resolución de 12 de junio de 2015 y el ROF. La primera varía cada año, en cambio, el ROF, no varía. En este las funciones les corresponden al jefe de estudios, al secretario, al director y los profesores.
Ahora nos centraremos en el organigrama del centro educativo.
Este organigrama se puede representar de tres formas:
oEstructurales: representan las unidades y su relación.
oFuncionales: representan las unidades, relaciones y funciones.
oDe personal: representan el nombre de la unidad, tipo de responsabilidad y nombre del personal adscrito.
A continuación, detallaré algunas de las leyes más importantes de los organismos que componen la escuela.
En primer lugar expondré el consejo escolar. Este está formado por el director que será el Presidente, el jefe de estudios, un concejal o componente del ayuntamiento, un número determinado de profesores, padres y alumnos, un representante de administración del centro y un secretario del mismo que actuará de coordinador, sin voto. Tras constituir el Consejo Escolar éste designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. Un representante de los padres será representado por la asociación de padres del centro, de acuerdo con la Administración. Los alumnos podrán ser elegidos miembros del Consejo Escolar a partir del primer curso de la educación secundaria obligatoria. No obstante, los alumnos de los dos primeros cursos de la educación secundaria obligatoria no podrán participar en la selección o el cese del director. A todo esto, las Administraciones educativas determinan los miembros que compondrán el Consejo y regulan el proceso de elección.
Las competencias del Consejo Escolar son las siguientes:
1.Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el . II del título V de la presente ley orgánica.
2.Evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.
3.Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
4.Participar en la selección del director del centro en los términos que la presente ley orgánica establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.
5.Informar sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta ley orgánica y disposiciones que la desarrollen.
6.Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
7.Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la presente ley orgánica, la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y la prevención de la violencia de género.
El Claustro de profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro. Este será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicio en el centro. Presenta las siguientes competencias:
1.Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual
2.Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.
3.Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
4.Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
5.Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.
6.Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
7.Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
Seguidamente, os muestro una tabla con las principales funciones del director. Para leer las leyes extendidas, (véase).
El jefe de estudios posee también una serie de funciones, como por ejemplo, sustituir al director, organizar los horarios académicos, coordinar las tareas de los equipos de ciclo, coordinar la acción de los tutores, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores, organizar los actos académicos, buscar el óptimo aprovechamiento de los recursos, organizar la participación del alumnado en las actividades del centro, organizar el cuidado del alumnado en los periodos de recreo y otras actividades no lectivas.
Las funciones del secretario son ordenar el régimen administrativo del centro, respecto a las directrices del director, gestionar los medios humanos y materiales del centro, actuar como secretario o secretaria de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar las actas de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director, custodiar los libros y archivos del centro, expedir las certificaciones que requieran las autoridades y los interesados o sus representantes en la lengua oficial que lo soliciten, realizar el inventario del centro y mantenerlo actualizado, custodiar y organizar la utilización del material didáctico, ejercer, bajo la autoridad del director, la jefatura del personal de administración y de servicios adscrito al centro.
La comisión de coordinación pedagógica la forman el Director o directora, el jefe o jefa de estudios, los coordinadores de ciclo, el especialista de psicología y pedagogía del servicio psicopedagógico escolar, el maestro/a de educación especial (pedagogía terapéutica), actuará como secretario o secretaria de la comisión la persona de menor edad y en los centros con menos de nueve unidades las funciones de la comisión de coordinación pedagógica serán asumidas por el claustro.
Sus funciones hacen referencia a analizar, desde el punto de vista educativo, el contexto cultural y sociolingüístico del centro para el diseño del plan lingüístico, coordinar la elaboración de los proyectos curriculares, así como sus posibles modificaciones, y responsabilizarse de su redacción, elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial para su inclusión en los proyectos curriculares, elaborar la propuesta de los criterios y los procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares significativas al alumnado con necesidades educativas especiales, asegurar la coherencia entre el proyecto educativo de centro, los proyectos curriculares y la programación general anual, velar por el cumplimiento y la posterior evaluación de los proyectos curriculares en la práctica docente del centro, proponer al claustro la planificación de las sesiones de evaluación, de acuerdo con las decisiones incluidas en los proyectos curriculares. coordinar las actividades de orientación dirigidas al alumnado del centro y promover y, en su caso, coordinar las actividades de perfeccionamiento del profesorado.
En cuanto a los equipos de ciclo, los componen los profesores, el jefe de estudios y el director, incluyendo un director. Desempeñan el cargo durante dos cursos.
Los tutores son esenciales en la función docente. Cada grupo de alumnos tendrá un profesor o profesora tutor. Este será designado por el director o directora, a propuesta del jefe o jefa de estudios, de acuerdo con los criterios establecidos por el claustro.
Sus funciones principales son:
1.Llevar a cabo el plan de acción tutorial establecido en el proyecto curricular del nivel correspondiente y aprobado por el claustro.
2.Coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo ,adoptar la decisión que proceda acerca de la promoción del alumnado, teniendo en cuenta los informes de los otros profesores del grupo.
3. En su caso, adoptar con los profesores de ciclo las medidas educativas complementarias o de adaptación curricular.
4. Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar en ellos el desarrollo de actitudes participativas.
5. Orientar al alumnado en sus procesos de aprendizaje.
6. Colaborar con el servicio psicopedagógico escolar para la consecución de los
7.objetivos establecidos en el plan de acción tutorial.
8. En su caso, desarrollar en coordinación con el profesional del servicio psicopedagógico escolar y con el maestro o maestra de educación especial, las adaptaciones curriculares significativas.
9.Informar a los padres, madres o tutores legales, profesorado y alumnado del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes Fomentar la cooperación educativa entre el profesorado y los padres y madres o tutores legales de los alumnos.
10. Atender y cuidar, junto con el resto de los profesores del centro, a los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
Por último, realizaré comparativa entre la LOE y la LOMCE, que son las encargadas de regular las leyes expuestas a lo largo del tema, y que son impuestas en los centros escolares para regular su funcionamiento.
Con este vídeo finalizamos y ampliamos el tema propuesto. Podemos observar las principales reformas realizadas desde la LOE a la LOMCE. Esta nueva propuesta escolar está aun en proceso de aplicación, pero claramente ha empeorado nuestro sistema educativo, y con todos los avances del mundo de hoy en día, la educación no es menos para contribuir a esa evolución.
Empezamos las prácticas con la ayuda de un vídeo del programa Redes de RTVE ubicado en la dirección http://www.dailymotion.com/video/xx9uft_salvados-cuestion-de-educacion_shortfilmsy titulado Cuestión de Educación. Este video nos propone una reflexión sobre dos sistemas educativos completamente diferentes, cada uno situados en un país distinto y con sus propias características particulares.
Por una parte, el sistema educativo vigente en España, y por otra el de Finlandia. Ambos son presentados en el video con muchas de sus características que les hacen particulares, y entonces observamos que son dos sistemas totalmente opuestos. Para empezar, mientras el modelo finlandés nos demuestra su perfecto funcionamiento, el español, da unos resultados por debajo de las expectativas. A continuación distinguiré ambos sistemas para repasar por encima algunas de sus distintivas características.
En el sistema educativo español son muchas las horas lectivas propuestas, y en cambio, el que peores resultados académicos obtiene. Hay un gran índice de abandono escolar,de un 30%, ya que los niños cada vez presentan un mayor grado de desmotivación. Las aulas cada vez están más masificadas y con menos maestros dentro de ellas. Las becas disminuyen y las familias afrontan con más dificultades la escuela. Las bajas por maternidad o paternidad van en disminución. Las decisiones y reformas escolares son tomadas sin la opinión de maestros ni directivos cercanos a estos. Ya son siete las reformas educativas en España y la actual es la LOMCE.
En oposición al sistema educativo propuesto anteriormente distinguimos el finlandés. En este se nota con creces que la sociedad tiene una mentalidad muy distinta a otras. En este sistema los padres están completamente implicados con la educación de sus hijos. Esto hace que el abandono escolar sea de un 0,2%. Otra causa de este bajo índice es que la escuela pública sea totalmente gratuita y no hace falta ningún tipo de becas para dar facilidades a las familias. Los niños se sienten motivados por sus maestros y por una serie de normas de la escuela que ayudan a esta motivación, como descansos cada 45 minutos de clase, normativas en el comedor como el regulador de sonido y disciplinas de convivencia. Las bajas por paternidad y maternidad son concedidas hasta los tres años de edad del niño. Y, por supuesto, una de sus ventajas más importantes es que los maestros y la junta directiva son participantes directos de las reformas educativas de sus centros. En contraposición al sistema español, este es mucho más efectivo, educadores y educandos se entienden gracias a los padres que son el enlace que hace perfecto este triángulo.
Por tanto, a simple vista, nos damos cuenta de la ineficacia del sistema educativo español, ya sea por sus continuas reformas descontroladas, o bien por porque las leyes no han sabido aplicarse de manera correcta. Tendríamos que replantearnos una serie de cosas como comparar el tiempo que gastamos en formarnos con los resultados que obtenemos. Con esta comparación nos tenemos que replantear si estamos empleando de manera correcta y efectiva nuestra enseñanza. Las diferentes propuestas y reformas educativas españolas nos sirven de ejemplo para verificar el descontrol y el desorden en educación que consta en España a día de hoy. La sociedad no está concienciada del verdadero sentido de la educación y el importante papel que juega en la futura sociedad. Los padres deberían participar más en construir un sistema educativo conjuntamente con los maestros para dar un buen ejemplo a sus hijos. Si no hay consenso entre padres y maestros el niño nunca llegará a mostrar interés por la escuela y la enseñanza. Uno de los fallos de este sistema, desde mi punto de vista, son las bajas por maternidad y paternidad. Son muy importantes ya que el niño debe llegar a la escuela ya con una base previa de educación que solo los padres la pueden proporcionar. Es muy importante para que su hijo se desarrolle en la sociedad y la escuela. Si no partimos de dicha base es muy difícil para un maestro inculcarle los valores al alumno.
Nuestro sistema educativo necesita una serie de cambios definitivos para su correcto funcionamiento. La educación debe seguir evolucionando y en constante innovación. Para ello, hoy en día, tenemos dificultades ya que no son los propios maestros, quienes tienen contacto directo con los niños y las aulas, y quienes son más adecuados para evaluar si una ley funciona correctamente o necesita una reforma, los que no tienen repercusión ni opinión en ninguna de las decisiones que se toman en el ámbito educativo. Por tanto será mucho más difícil innovar ya que nos son los políticos los que saben que necesitan las escuelas de hoy en día. Nos encontramos ante un caso de mala gestión de reformas educativas, ahora difícil de solventar.
Concluyendo, el sistema educativo finlandés aparentemente funciona a la perfección y el español, a su lado, deja mucho que desear, pero, sinceramente, tampoco podemos pretender parecernos a ellos, no se podría tomar ejemplo de ese sistema al completo, ya que es un país en unas condiciones muy distintas a España, son dos mentalidades muy distintas, costumbres opuestas, y horarios y formas de vida incomparables. Por tanto, no queramos copiar ningún sistema educativo ya realizado, por muy bien que funcione. Podemos coger ideas de ellos, pero cada sociedad, cada país funciona de forma distinta y debemos llegar a construir un sistema educativo innovador que nos saque lo mejor de nosotros mismos y que realce la educación y su sitio en la sociedad.
A continuación ampliaré un poco el tema propuesto con unos datos de interés:
Tras ver este vídeo, nos damos cuenta, que más países han mostrado interés y expectación por el sistema educativo finlandés. Esta vez ha sido México. Un grupo de docentes viajaron hasta allí para observar y aprender, y vuelven a su tierra cargados de nuevas ideas y dinámicas.
El primer tema de esta asignatura comienza con una línea temporal la cual hace referencia a las distintas situaciones del sistema educativo divididas entre los siglos XIX, XX y XXI, incluyendo algunas de las perspectivas futuras de este ámbito.
Nuestro siglo XIX comienza con el Antiguo Régimen y finaliza co la ley Moyano de 1857. Por tanto, en cuanto a la educación, empezó el siglo siendo privada, solo los nobles y el clero podían acceder a esta. No existía otro poder distinto al del monarca. Tras esto, surge la Ilustración. En esta se consigue una enseñanza a todas las clases sociales, incluyendo la burguesía, nueva clase social surgida por entonces. Es aquí cuando el marqués de Condorset realiza el primer informe sobre el estado de la Educación pública en Francia. Es a partir de la Revolución Francesa cuando en Europa predomina el liberalismo tras la caída del Antiguo Régimen. Este sentimiento liberal se caracteriza por:
oLibertad de prensa.
oSociedad de clases y un movimiento entre clases.
o Educación Universal Libre y Gratuita.
oNacimiento de la sociedad industrial.
oConstitucionalismo.
Todo esto dio un soplo de aire fresco a la sociedad europea, que empezó a ser liberal.
En consecuencia de esto, y con la elaboración de la Constitución de Cádiz de 1812, se intenta incluir el Plan de Instrucción Pública con las siguientes ideas en cuanto a educación:
oLa instrucción para controlar el destino personal independientemente de las otras personas.
oMediante la instrucción se obtiene la igualdad y gracias a ésta la libertad. La instrucción es un instrumento de reforma social.
oGracias a la instrucción de toda la población, España progresará.
El título IX de dicha constitución profundiza sobre el plan planteado en los artículos 366, 367, 368, 369, 370, 371. Véase.
Tras este período encontramos una época de regresión, donde el rey Fernando VII implanta el régimen absolutista, en 1814. Esto devuelve el poder de la educación a la Iglesia y la educación vuelve a ser privada. Se realiza una gran depuración de profesores. Pero es unos años después, del año 1821 al 1823, cuando la educación vuelve a ser pública, gratuita y universal. Surgió la escuela privada per con revisión de la pública. Este período es llamado Trienio Liberal, y es a finales de este cuando surge la Restauración de la Monarquía. En esta tomó de nuevo el control de la educación la Iglesia. El rey y la Iglesia son los que toman las decisiones educativas. Se controla mucho el comportamiento religioso de los centros. Más adelante, en 1836,se lleva a cabo el Plan del Duque de Rivas donde se percibe un apoyo favorable a los revolucionarios. Para finalizar el siglo se hace vigente la ley Moyano de 1857, aplicable a primaria (6-9 años) con las siguientes características:
oGratuita para los pobres.
oMunicipal.
oDividida por sexos.
oEscuela de párvulos (>10000 habitantes).
oEscuela Normal Provincial.
oEscuela Normal Estatal.
La segunda República encabeza el siglo XX. En esta la educación vuelve a ser pública y del Estado, y se caracteriza por:
oLaicidad desde el Estado.
oGratuidad.
oIdeas de la Escuela nueva /institución libre de enseñanza.
oParticipación en la Educación.
oCoeducación.
oRed de Escuelas Públicas de diferentes administraciones.
oCuerpo Único de Docentes.
La educación en la época del franquismo se llevó a cabo gracias al ejemplo de la reforma Gentile. Esto hizo que todas las decisiones fueran tomadas por el Estado y la Iglesia. Fue mediante la Ley Orgánica en 1970, cuando se da una apertura del franquismo. Ocho años después, 1978, la Constitución Española recoge en el artículo 27 una serie de características:
oDerecho a recibir educación y a impartirla.
oEducación integral.
oDerecho a la elección de centro y formación religiosa y moral.
oObligatoriedad y gratuidad.
oParticipación en la planificación para garantizar la atención a todos.
oLibertad de creación de centros.
oControl y gestión compartida de los centros público.
oLa alta inspección y la homologación de título.
oAyuda del estado a los centros concertados.
oAutonomía universitaria.
Nos situamos en el siglo XXI, donde el sistema educativo ha sido reformado hasta siete veces.
o1970- Ley General de Educación.
o1985- Ley Orgánica del Derecho a la Educación.
o1990- LOGSE.
o1995-LOPEG.
o2002- LOCE.
o2006- LOE.
o2013(actual)- LOMCE.
Por tanto, el sistema educativo pretende alcanzar una serie de perspectivas como proporcionar una educación de calidad para todos, conseguida entre todos los agentes del proceso. Cumpliendo siempre con los objetivos de la Unión Europea y con una economía basada en el conocimiento, más competitiva y dinámica.
La UE y la UNESCO trabajan juntas para mejorar el sistema educativo en cuanto a calidad y eficacia. La UE propone el horizonte 2020 donde pretende conseguir que los porcentajes obtenidos hoy en día sobre el nivel de estudios, cursar educación infantil, el nivel de abandono escolar, el porcentaje de individuos con estudios superiores y la proporción de individuos con estudios permanentes, mejoren considerablemente. Se pretende realzar el nivel de la escuela y nuestro sistema educativo.
A continuación ampliaré un poco el tema propuesto con datos de interés:
Nos situamos en el siglo XIX. El Marques de Condorcet era filósofo, matemático y político francés. Autor de un Ensayo sobre el cálculo integral y fue admitido como miembro en la Academia de Ciencias en 1769. Redactó artículos de economía política para la Enciclopedia de Diderot, en los que se mostró partidario de la fisiocracia. Como diputado de la Asamblea legislativa de la Convención, propuso un proyecto de reforma de la instrucción pública (1792). Fue a partir de aquí cuando se produjo la caída del Antiguo Régimen y surge un sentimiento de libertad.
Acabando el siglo XIX hablamos de la primera ley educativa integral y racional en España. Fue la Ley de Instrucción Pública de 1857, conocida como Ley Moyano. Promulgada durante el reinado de Isabel II, intentó solucionar el grave problema de analfabetismo que sufría el país.
La Década Moderada de Isabel II (1844-1854) se caracterizará por las continuas reformas que sufre el Plan Pidal. En 1850 un real decreto de 28 de agosto habla por primera vez de las Universidades de Distrito. En 1851 se ordena que las Universidades rindan cuenta mensualmente a la Dirección General de Instrucción Pública. En los años 1852 y 1853 se hacen otras reformas parciales. De este modo, cuando los progresistas llegan al poder en 1854, junto a los moderados confluyen ahora en el tema de la educación, coincidiendo en las grandes líneas del sistema educativo liberal. Aunque la división ideológica reaparecerá más tarde con los partidos turnistas de Cánovas y Sagasta, parece que por estas fechas no son grandes las diferencias entre ambos por lo que respecta a la educación. Ello explica que, buena parte del proyecto de Alonso Martínez se incorporara a la ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857, conocida como Ley Moyano.